El aniversario de la Revolución Mexicana está a la vuelta de la esquina, y con ello las preguntas sobre si hay puente o megapuete para los estudiantes que se rigen con el calendario escolar de la Secretaría de Educación Pública para el ciclo escolar 2022-2023, dudas que en Unotv.com te resolvemos.
¿Puente o megapuente para estudiantes de la SEP?
De acuerdo con el calendario de la Secretaría de Educación Pública para el ciclo escolar 2022-2023, los estudiantes de educación básica tendrán un megapuente, pues el viernes 18 de noviembre no asistirán a las aulas debido a que habrá Descarga Administrativa.
Además de descansar el viernes 18 y el fin de semana, los estudiantes de educación básica tampoco asistirán a los centros escolares el lunes 21 por la conmemoración del 20 de noviembre, Día de la Revolución Mexicana, por lo que se incorporarán a sus clases normales el martes 22 de noviembre.
¿Para otros estudiantes?
Para los estudiantes que no se rigen bajo el calendario de la SEP, por ejemplo, aquellos inscritos en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), sólo tendrán un día de descanso, que es el lunes 21 de noviembre.
De acuerdo con la máxima casa de estudios, tanto en su calendario semestral como en su calendario anual, sólo se establece el 21 de noviembre en conmemoración del Día de la Revolución Mexicana.
En ese mismo caso se encuentran los estudiantes del Instituto Politécnico Nacional, en cuyo calendario se marca como día inhábil el 21 de noviembre, por lo que dichas comunidades estudiantiles sólo tendrán puente y no megapuente.
¿Y para los trabajadores?
Aunque los estudiantes de educación básica tendrán varios días de descanso con el megapuente, no es el mismo caso para los trabajadores, para quienes únicamente el lunes 21 de noviembre está marcado como día festivo en la Ley Federal del Trabajo.
Cabe señalar que, a pesar de ser descanso obligatorio por la conmemoración del aniversario de la Revolución Mexicana, en caso de acudir a trabajar, en este caso, el 21 de noviembre, habrá un salario doble, independientemente del percibido durante ese día, como lo señala el Artículo 75.